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RESOLUCI? DE 18 DE MARZO DE 2004, DE
LA DIRECCI? GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, POR LA QUE SE HACE P?LICA LA
MODIFICACI? PROVISIONAL DE UNIDADES Y PLANTILLA DE DETERMINADOS CENTROS
P?LICOS DE EDUCACI? INFANTIL, PRIMARIA Y ESPECIAL, INSTITUTOS DE EDUCACI?
SECUNDARIA Y CENTROS DE EDUCACI? DE PERSONAS ADULTAS.
Analizadas las necesidades de escolarizaci? y realizadas las previsiones
correspondientes para el curso escolar 2004/2005, se hace necesario
modificar la composici? actual de unidades y plantilla de determinados
Centros P?licos de Educaci? Infantil, Primaria y Especial, Institutos de
Educaci? Secundaria y Centros de Educaci? de Personas Adultas.
Por ello, en virtud del Decreto 79/2003, de 17 de julio, por el que se
establece la Estructura Org?ica de la Consejer? de Educaci?, esta
Direcci? General
RESUELVE:
Primero.- Modificar la composici? de
unidades y la plantilla org?ica de los Centros P?licos de Educaci?
Infantil, Primaria y Especial que aparecen en el
Anexo I a la presente Resoluci?, con indicaci? de aquellos puestos
que se definen como singulares/itinerantes.
Segundo.- Modificar la plantilla org?ica del Cuerpo de Maestros en los
Institutos de Educaci? Secundaria que aparecen en el
Anexo II a la presente Resoluci?, con
indicaci? de aquellos puestos que se definen como singulares/itinerantes.
Tercero.- Modificar la composici? de unidades y la plantilla org?ica del
Cuerpo de Maestros en los Centros de Educaci? de Personas Adultas que
aparecen en el Anexo III a la presente
Resoluci?, con indicaci? de aquellos puestos que se definen como
singulares/itinerantes.
Cuarto.- Para establecer qu?Maestros han de ser desplazados, en los casos
en que sea necesario, en funci? de las modificaciones de plantillas
org?icas establecidas en los Anexos de esta Resoluci?, se aplicar?lo
dispuesto en la Orden de 1 de junio de 1992 sobre desplazamiento de Maestros
como consecuencia de la supresi? o modificaci? de sus puestos de trabajo.
Quinto.- En los casos en que puestos ordinarios hayan sido transformados en
singular/itinerantes o viceversa a los Maestros titulares de los mismos les
ser?de aplicaci? la Orden de 1 de junio de 1992, teniendo en cuenta que
para solicitar la adscripci? al puesto transformado o a otro que estuviese
vacante en el centro se deber?poseer la habilitaci? correspondiente.
Valladolid, 18 de marzo de 2004
LA DIRECTORA GENERAL
DE RECURSOS HUMANOS,
Fdo.: Roc? Lucas Navas.
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