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RESOLUCI? DE 18 DE MARZO DE 2004, DE
LA DIRECCI? GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, POR LA QUE SE HACE P?LICA LA
RELACI? PROVISIONAL DE PLANTILLAS Y VACANTES DE LOS CENTROS P?LICOS
DOCENTES DEPENDIENTES DE LA CONSEJER? DE EDUCACI? DONDE IMPARTEN ENSE?NZA
LOS FUNCIONARIOS DE LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSE?NZA SECUNDARIA,
PROFESORES T?NICOS DE FORMACI? PROFESIONAL, PROFESORES DE ESCUELAS
OFICIALES DE IDIOMAS, CATEDR?ICOS Y PROFESORES DE M?ICA Y ARTES ESC?ICAS
Y PROFESORES Y MAESTROS DE TALLER DE ARTES PL?TICAS Y DISE?.
De conformidad con lo dispuesto en la Base Segunda de la Orden EDU/1420/2003,
de 3 de noviembre, por la que se convoca concurso de traslados de
funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de Ense?nza Secundaria,
Profesores T?nicos de Formaci? Profesional, Profesores de Escuelas
Oficiales de Idiomas, Catedr?icos y Profesores de M?ica y Artes Esc?icas,
Profesores y Maestros de Taller de Artes Pl?ticas y Dise?, procede
determinar para cada centro dependiente de la Consejer? de Educaci? la
plantilla de los Centros docentes donde imparten ense?nza los integrantes
de los citados Cuerpos, as?como las vacantes previstas para el curso
2004/2005.
Por ello, en virtud del articulo 6 del Decreto 79/2003, de 17 de julio, por
el que se establece la Estructura Org?ica de la Consejer? de Educaci?,
esta Direcci? General
RESUELVE:
Primero.- En los Institutos de Educaci?
Secundaria, Institutos de Educaci? Secundaria Obligatoria, Secciones de
Educaci? Secundaria, Centros de Educaci? Obligatoria y Centros Espec?icos
de Formaci? Profesional existir? las plazas correspondientes al Cuerpo de
Profesores de Ense?nza Secundaria de las especialidades comunes que figuran
en el Anexo I a la presente Resoluci?.
Segundo.- En estos mismos centros existir? las plazas correspondientes a
los Cuerpos de Profesores de Ense?nza Secundaria y Profesores T?nicos de
Formaci? Profesional de las especialidades espec?icas de Formaci?
Profesional que figuran en el Anexo II
de la presente Orden rese?das, respectivamente, como A) Profesores de
Ense?nza Secundaria y B) Profesores T?nicos de Formaci? Profesional.
Tercero.- En los Equipos de Orientaci? Educativa y Psicopedag?ica
existir? las plazas correspondientes a los Cuerpos de Profesores de
Ense?nza Secundaria y Profesores T?nicos de Formaci? Profesional de las
especialidades que figuran en el Anexo III A)
a la presente Resoluci?.
Cuarto.- En los Centros de Educaci? Permanente de Adultos existir? las
plazas correspondientes al Cuerpo de Profesores de Educaci? Secundaria que
figuran en el Anexo III B) a la
presente Resoluci?.
Quinto.- En los Centros con unidades de Formaci? Profesional Especial
existir? las plazas correspondientes al Cuerpo de Profesores T?nicos de
Formaci? Profesional de las especialidades que figuran en el
Anexo III C) a la presente Resoluci?.
Sexto.- En las Escuelas Oficiales de Idiomas existir? las plazas
correspondientes al Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas de
las especialidades que figuran en el Anexo IV
a la presente Resoluci?.
S?timo.- En los Conservatorios de M?ica, existir? las plazas
correspondientes a los Cuerpos de Catedr?icos y Profesores de M?ica y
Artes Esc?icas para las especialidades que figuran, respectivamente, en los
Anexos V y VI
a la presente Resoluci?.
Octavo.- En las Escuelas de Arte existir? las plazas correspondientes a los
Cuerpos de Profesores y Maestros de Taller de Artes Pl?ticas y Dise? para
las especialidades que figuran, respectivamente, en los
Anexos VII y
VIII a la presente Resoluci?.
Noveno.- Tendr? la consideraci? de vacantes y por ello podr? ser objeto
de concurso las plazas libres en cada centro, de acuerdo con los datos de
los citados Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII a la presente
Resoluci? y aquellas que resulten de la resoluci? del concurso en cada
Cuerpo por el que se concursa.
D?imo.- Las Direcciones Provinciales de Educaci? y dem? ?ganos
competentes de la Consejer? de Educaci?, comunicar? a la Direcci?
General de Recursos Humanos, en los diez d?s siguientes a la publicaci? de
la presente Resoluci? en el ?Bolet? Oficial de Castilla y Le??, cuantas
observaciones se susciten en relaci? con estas plantillas.
Und?imo.- Consideradas las observaciones anteriores se proceder?a la
determinaci? y publicaci? de la relaci? definitiva de plantillas y
vacantes que se recogen en los Anexos a esta Resoluci?.
Valladolid, 18 de marzo de 2004
LA DIRECTORA GENERAL
DE RECURSOS HUMANOS,
Fdo.: Roc? Lucas Navas.
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